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Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

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¿Quieres ser Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente?

La misión de la Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente es velar por el libre ejercicio de los derechos ciudadanos, garantizando el bien y la seguridad pública.

Te preparamos las pruebas teóricas, físicas, psicotécnicas y la entrevista personal. Con simulacros de exámenes reales de otras convocatorias.

Para ayudarte a conseguir tu objetivo ponemos a tu disposición un equipo de profesionales con dilatada experiencia: psicólogos, pedagogos, licenciados en derecho; para que superes con éxito las diferentes pruebas.

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  • Tener nacionalidad española.
  • Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
  • Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico. Asimismo se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
  • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B, y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.
  • No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de sus funciones.
  • No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores a tres años, a menos que se haya obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
  • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, salvo cuando haya sido rehabilitado.
  • No pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.

Las pruebas que tienes que realizar para poder llegar a pertenecer al cuerpo de la Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente son:

Primer ejercicio:

  • Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con las materias tanto del Grupo de Temas Específicos como del Grupo de Temas Generales de esta convocatoria. Este cuestionario estará compuesto por 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.
  • El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá exceder de 2 horas.
  • En el plazo máximo de tres días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
  • La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 15 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor, las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de una respuesta acertada y las preguntas que se dejen sin responder no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.

Segundo ejercicio:

    Constará de dos fases, encaminadas a comprobar la aptitud física de los aspirantes:

  • Primera fase: Presentación de un certificado médico extendido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la opositor/a reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de la prueba física que figura especificada en la segunda fase de este ejercicio, emitido de acuerdo con la fórmula siguiente: «El interesado reúne las condiciones precisas para realizar la prueba física indicada en la segunda fase del segundo ejercicio de las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente».
  • La no presentación de este certificado médico implicará la exclusión de participar en la siguiente fase de este segundo ejercicio.
  • Segunda fase: Prueba física de resistencia eliminatoria que consistirá en cubrir una distancia de 4 kilómetros, en pista y por calle libre, partiendo de la posición de parado, en un tiempo de 25 minutos para los hombres y de 30 minutos para las mujeres.
  • Tras la prueba física se podrá realizar, a criterio del tribunal, control de consumo de estimulantes o cualquier tipo de droga que altere las condiciones físicas de los aspirantes, siendo eliminados de la oposición los que resulten positivos.
  • Si alguna de las aspirantes no pudiera efectuar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por causa de embarazo o parto, debidamente acreditado, realizará el resto de las pruebas correspondientes a la fase de oposición, quedando condicionado su nombramiento como funcionario en prácticas a la realización de aquéllas en la fecha que determine el Tribunal.
  • Si en dicha fecha tampoco pudiera realizarlas debido a la causa anterior, debidamente acreditada, podrá hacerlo en la siguiente convocatoria, manteniendo las puntuaciones obtenidas en el resto del proceso.
  • Si en esta segunda convocatoria tampoco pudiera realizar las pruebas perderá su derecho.
  • La calificación de esta prueba física será «Apto» o «No apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superarlas.

Tercer ejercicio:

    Constará de dos partes, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. Las dos partes se realizarán en una misma sesión

  • Primera parte: consistirá en la contestación de 10 preguntas, con respuestas abiertas, sobre el grupo de temas específicos del programa. Todas las preguntas tendrán el mismo valor.
  • El tiempo máximo para la realización de esta parte será de 90 minutos.
  • Se calificará esta parte con un máximo de 25 puntos. La puntuación mínima necesaria para superarla será de 12,50 puntos.
  • A quien no supere esta primera parte no se le valorará la segunda parte

  • Segunda parte: consistirá en la realización por escrito de un supuesto práctico, elegido por el aspirante de entre dos propuestos por el tribunal. Cada supuesto estará desglosado en un máximo de 10 preguntas, con respuestas abiertas, y estará relacionado con el grupo de temas específicos del programa.
  • El tiempo máximo para la realización de esta parte será de 2 horas.
  • Todas las preguntas tendrán el mismo valor. Se calificará esta parte con un máximo de 25 puntos. La puntuación mínima necesaria para superarla será de 12,50 puntos.
  • Los aspirantes que superen este segundo ejercicio, habrán superado la fase de oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
  • Alguno de los ejercicios puede coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
  • Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid.
  • Acceso al Cuerpo de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente y posibilidad de promoción interna.

Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, y cuya duración máxima será de 3 meses.

Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.

El personal funcionario de carrera y laboral fijo que hubieran superado estas pruebas selectivas serán autorizados para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.

La calificación máxima del curso selectivo será de 20 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este curso será de 10 puntos.

Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera de la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Los aspirantes que ya fueran funcionarios de carrera o personal laboral fijo antes de participar en estas pruebas selectivas, continuarán asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición, concurso y el curso selectivo.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden.

  1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.
  2. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
  3. Mayor puntuación en la fase de concurso, para los aspirantes por promoción interna.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:

Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos

La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.

    Grupo de temas específicos

    1. El dominio público marítimo terrestre.
    2. Limitaciones al derecho de propiedad impuestas por la Ley de Costas.
    3. Utilización del dominio público marítimo terrestre.
    4. Las autorizaciones en el dominio público marítimo terrestre.
    5. Las concesiones del dominio público marítimo terrestre.
    6. Contaminación costera. Vertidos al mar.
    7. Tutela y policía del dominio público marítimo terrestre.
    8. Las sanciones administrativas en materia de costas.
    9. El dominio público hidráulico.
    10. Títulos para la utilización y ocupación del dominio público hidráulico (Concesiones).
    11. Títulos para la utilización y ocupación del dominio público hidráulico (Autorizaciones).
    12. Registro de aguas y catálogo de aguas privadas.
    13. Generalidades de las infraestructuras hidráulicas.
    14. Objetivos ambientales de la Directiva Marco del Agua.
    15. Vertidos de aguas residuales.
    16. Acciones constitutivas de infracción.
    17. Geografía básica. Concepto de mapa y plano.
    18. Ley de Montes.
    19. Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

    Grupo de temas generales

    1. La Constitución Española de 1978.
    2. La Corona.
    3. Las Cortes Generales.
    4. El Gobierno y la Administración.
    5. La organización territorial del Estado.
    6. El medio ambiente en la Constitución española.
    7. Las fuentes del Derecho Administrativo.
    8. El acto administrativo.
    9. El procedimiento administrativo.
    10. Potestad sancionadora.
    11. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
    12. El Poder Judicial. El control jurisdiccional de la actividad administrativa.
    13. Políticas de Igualdad de Género.
    14. El gobierno abierto.

Una vez estudiados y certificados estos temas, estarás disponible para entrar al mercado de trabajo.

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