¿Quieres ser Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente?
La misión de la Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente es velar por el libre ejercicio de los derechos ciudadanos, garantizando el bien y la seguridad pública.
Te preparamos las pruebas teóricas, físicas, psicotécnicas y la entrevista personal. Con simulacros de exámenes reales de otras convocatorias.
Para ayudarte a conseguir tu objetivo ponemos a tu disposición un equipo de profesionales con dilatada experiencia: psicólogos, pedagogos, licenciados en derecho; para que superes con éxito las diferentes pruebas.
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Las pruebas que tienes que realizar para poder llegar a pertenecer al cuerpo de la Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente son:
Primer ejercicio:
Segundo ejercicio:
Constará de dos fases, encaminadas a comprobar la aptitud física de los aspirantes:
Tercer ejercicio:
Constará de dos partes, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. Las dos partes se realizarán en una misma sesión
A quien no supere esta primera parte no se le valorará la segunda parte
Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, y cuya duración máxima será de 3 meses.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.
El personal funcionario de carrera y laboral fijo que hubieran superado estas pruebas selectivas serán autorizados para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.
La calificación máxima del curso selectivo será de 20 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este curso será de 10 puntos.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera de la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Los aspirantes que ya fueran funcionarios de carrera o personal laboral fijo antes de participar en estas pruebas selectivas, continuarán asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición, concurso y el curso selectivo.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos
La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
Una vez estudiados y certificados estos temas, estarás disponible para entrar al mercado de trabajo.
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Enseñanzas que no conducen a la obtención de un título con valor oficial